Comisión aprueba enmiendas a proyecto sobre divorcio en consulado
La Comisión de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional aprobó miércoles (24) dos enmiendas del Senado al Proyecto de Ley 791/07, del diputado Walter Ihoshi. La propuesta autoriza las autoridades consulares a celebrar la separación consensual y el divorcio consensual de brasileños en el exterior.
La propuesta, que cambia la Ley de Introducción al Código Civil (Decreto-ley 4.657/42), es válida apenas en la hipótesis de la pareja no tener hijos menores de edad o incapaces. El proyecto fue aprobado por la Cámara en 2009, pero, como tuvo alteraciones en el Senado, los cambios hechos por los senadores necesitan ser evaluados por la Cámara.
De las dos enmiendas hechas por los senadores, una establece que es indispensable la asistencia de abogado legalmente constituido en los actos. El abogado deberá subscribir la petición, juntamente con ambas las partes, o con apenas de ellas, caso a otra tenga abogado propio. Sin embargo, conforme la enmienda, no es necesario que la firma del abogado conste de la escritura pública. El texto original del proyecto aprobado en la Cámara dispensaba la participación de abogado.
El relator, diputado Renato Amary, fue favorable a la enmienda. “La participación del abogado garantiza la juridicidad del acto, la protección a los derechos de las partes, así como la conformidad con la legislación en vigor”, dijo. Según él, como el texto dispensa la firma del abogado en el momento en el que la escritura es registrada, las partes podrán recibir la debida orientación y ajustar los términos de la separación o divorcio por teléfono, e-mail o correo. “El abogado podrá encaminar por el correo la petición de registro de la escritura pública”, explicó.
Ajuste de redacción
La segunda enmienda del Senado cambia el registro del proyecto de ley, para hacerlo más claro y objetivo y adecuarlo a los principios establecidos en la Ley Complementaria 95/98. La redacción original del registro dice apenas que el proyecto cambia determinados dispositivos legales. El texto del Senado explicita el objetivo del cambio: “autorizar a las autoridades consulares brasileñas la celebración de separación y divorcio consensuales de brasileños en el exterior”.
Objetivo del proyecto
El objetivo del proyecto, según el relator, es extender a los brasileños residentes en el exterior las mismas facilidades y derechos conferidos a los ciudadanos brasileños que vivan en el País. La Ley 11.441/07 cambió el Código de Proceso Civil (Ley 5.869/73), posibilitando la realización de inventario, régimen compartido, separación consensual y divorcio consensual de manera administrativa, sin necesidad de proceso judicial. Por tanto, con la propuesta, los brasileños que vivan en el exterior no necesitan regresar a Brasil para formalizar el acto administrativo en las hipótesis de separación o divorcio consensuales en el que no haya hijos menores o incapaces.
Traducción - Grupo Solucion-SP Language/Paulo de Holanda Morais