CCJ aprueba mayor rigor contra lavado de dinero
Texto aprobado aumenta las disposiciones penales y trae nuevas definiciones de las actividades que pueden configurar la práctica del crimen.
La Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ) aprobó, este martes (16), medidas para aumentar la eficiencia de la legislación de combate a lo lavado de dinero. La principal alteración es el fin de la exigencia de comprobación del llamado crimen antecedente para configuración del lavado de dinero, o sea, el lavado de dinero pasa a ser procesado como crimen autónomo.
Así, si determinada persona secuestró alguien, por ejemplo, y después intentó "lavar" el dinero que recibió como rescate, no será necesario comprobar el secuestro como condición para condenarlo por lavado de dinero.
El texto aprobado es el sustitutivo de la Comisión de Seguridad Pública y Combate al Crimen Organizado al Proyecto de Ley 3443/08, del senador Antonio Carlos Valadares (PSB-SE). La materia ahora será analizada por el Plenario.
Enmiendas
El relator en la CCJ, diputado Colbert Matins (PMDB-BA), presentó cinco enmiendas al texto de la comisión de Seguridad Pública. De ellas amplía las disposiciones penales para quien disimular la naturaleza, origen, localización, disposición, movimiento o propiedad de bienes logrados irregularmente. El texto aprobado por la comisión de seguridad prevé reclusión de 3 a 10 años y multa, según prevé la legislación actual (Ley 9.613/98). La CCJ optó por ampliar ese plazo para 3 a 18 años de reclusión y multa.
Otra enmienda eleva la penalidad de quien ayudar criminoso a hacer seguro bien logrado ilegalmente. La disposición penal aprobada por la CCJ prevé reclusión de 1 a 4 años y multa, mientras el Código Penal (Decreto Ley 2.848/40) actualmente establece detención de 1 a 6 meses y multa.
Encuadre en la ley
La CCJ acató aún enmienda que retira la expresión “todavía que eventualmente” para definir las actividades desarrolladas por personas físicas y jurídicas pasibles de encuadre en la ley sobre lavado de dinero. Con eso, estarán sometidos a la ley todos que actúen en operaciones de:
- compra y venta de inmuebles, establecimientos comerciales o industriales o participaciones societarias de cualquier naturaleza;
- gestión de fondos, valores mobiliarios u otros activos;
- apertura o gestión de cuentas bancarias, de ahorro, inversión o de valores mobiliarios;
- creación, exploración o gestión de sociedades de cualquier naturaleza, fundaciones, fondos fiduciarios o estructuras análogas; y
- alienación o adquisición de derechos sobre contratos relacionados a actividades deportivas o artísticas profesionales.
Ese cambio, según Colbert Martins, fue propuesto por asociaciones de auditores y contadores, “que veían dificultades en atender el dispuesto en la futura ley”.
Control
El texto aprobado en la CCJ aún determina que el Consejo de Control de la Actividad Financiera (COAF), del Ministerio de la Hacienda, presente a la Comisión Mixta de Control de las Actividades de Inteligencia del Congreso Nacional la evaluación de las acciones de control de los movimientos financieros bajo averiguación y los resultados del combate a la ocultación o disimulación de bienes, derechos y valores y de la efectiva recuperación de activos. El consejo tendrá 90 días después del cierre de cada semestre para prestar las informaciones.
Reportaje - Rodrigo Bittar
Edición - Paulo Cesar Santos
Traducción - Grupo Solucion-SP Language/Paulo de Holanda Morais