Cámara aprueba política nacional de residuos sólidos
El Pleno aprobó el miércoles (10) en votación simbólica un reemplazo al Proyecto de Ley 203/91, del Senado, que instituye la Política Nacional de Residuos Sólidos e impone obligaciones a los empresarios, a los gobiernos y a los ciudadanos en la administración de los residuos. La materia volverá al Senado para una nueva votación.
El texto aprobado tiene autoría del relator de la comisión especial sobre la materia, diputado Dr. Nechar (PP-SP), que tomó por base la redacción preparada por un grupo de trabajo formado por múltiples partidos y coordinado por el diputado Arnaldo Jardim (PPS-SP).
Según el relator, a pesar del pasivo ambiental heredado por Brasil a causa de la falta de reglamentación, el tiempo conspiró a favor de la calidad en esos 19 años de tramitación. “Después de la presentación de 140 propuestas adjuntadas, el tema se había vuelto un problema legislativo”, afirmó. Él resaltó que fueron incorporados conceptos modernos.
Responsabilidades
El texto prioriza la responsabilidad compartida por el ciclo de vida de los productos. Los fabricantes, importadores, distribuidores y comerciantes deberán invertir para colocar en el mercado artículos reciclables y que generen la menor cantidad posible de residuos sólidos. Lo mismo se aplica a los envases.
Deberán implementarse medidas para recibir envases y productos después del uso por el consumidor de: Agrotóxicos, sus residuos y envases; pilas y baterías; neumáticos; aceites lubricantes, sus residuos y envases; lámparas fluorescentes; y productos electro-electrónicos y sus componentes.
Logística inversa
El proceso de recolección de esos materiales, su desmonte (si es el caso), reciclado y destinación ambientalmente correcta es conocido como logística inversa. Para realizar esa logística, los empresarios podrán recurrir a la compra de productos o envases usados, actuar en sociedad con cooperativas de colectores y crear puestos de colecta.
Si la empresa de limpieza urbana, mediante acuerdo con algún sector productivo , realizar esa logística inversa, el Poder Público deberá ser remunerado, según acuerdo entre las partes.
Colecta selectiva
Otros materiales reciclables descartados al final de su vida deberán ser reaprovechados bajo la responsabilidad del servicio público de limpieza urbana y manejo de los residuos sólidos.
Para hacer eso, el Poder Público deberá establecer la colecta selectiva, implantar sistema de compostaje (transformación de residuos sólidos orgánicos en adobo) y dar destino final ambientalmente correcto a los residuos de la limpieza urbana (barrido de las calles).
Las empresas de limpieza urbana deberán dar prioridad al trabajo de cooperativas de colectores formadas por personas necesitadas, según normas de un reglamento futuro.
Los municipios que implanten la colecta con la participación de asociaciones y cooperativas de colectores tendrán prioridad en el acceso a recursos de la Unión en líneas de crédito, en el ámbito del plan nacional de residuos.
Prohibiciones
Serán prohibidas prácticas como el depósito de residuos en playas, mares, ríos y lagos; el lanzamiento a cielo abierto sin tratamiento, excepto en el caso de mineración; y el quemado a cielo abierto o en equipos no licenciados.
El texto prohíbe también la importación de residuos peligrosos o que causen daños al medio ambiente y a la salud pública.
La regla sobre la disposición final adecuada de los residuos deberá implementarse en hasta cuatro años después de la publicación de la ley, pero los planes estatales y municipales podrán estipular plazos diferentes, con el objetivo de adaptarlos a las condiciones y necesidades locales.
Reportaje – Eduardo Piovesan
Edición – João Pitella Junior
Traducción - Grupo Solucion-SP Language/Paulo de Holanda Morais
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