Comisión aprueba acuerdo Brasil-Filipinas sobre dependientes de diplomáticos

18/06/2010 07h00

La Comisión de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional aprobó miércoles (16) acuerdo entre Brasil y Filipinas que permite el ejercicio de actividad remunerada por parte de dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico. El acuerdo, celebrado en junio de 2009, consta en el Mensaje 873/09, del Poder Ejecutivo.

El texto considera dependientes cónyuges; hijos solteros menores de 21 años; hijos solteros menores de 25 años que estén estudiando en universidad o centro de enseñanza superiora reconocida por cada país; e hijos solteros con deficiencias físicas o mentales.

"El presente acuerdo, semejante a los firmados con más de 40 países a lo largo de las dos últimas décadas, refleja la inclinación actual de extender a los dependientes de los agentes de las misiones diplomáticas la oportunidad de trabajar en el exterior, permitiéndoles el enriquecimiento de su experiencia profesional", dice el mensaje del Ejecutivo. El relator, diputado William Woo, fue favorable a la propuesta.

El acuerdo valdrá por cinco años y será automáticamente prorrogado por igual período, a menos que una parte notifique a otra de su deseo de suspenderlo o terminarlo.

Autorización
Según la propuesta, el pedido de autorización para ejercer actividad remunerada deberá ser enviado, en nombre del dependiente, por la embajada, al Departamento filipino de Relaciones Exteriores o al Ministerio de Relaciones Exteriores brasileño. En el pedido, debe constar la ocupación pretendida por el dependiente. La autorización no puede exentar el pleiteador de cualquier calificación exigida para la ocupación pretendida. Puede ser negada si la ocupación pretendida sea privativa de ciudadanos del Estado.
El acuerdo establece aún el dependiente no podrá ejercer actividad remunerada distinta de la permitida por la autorización. Además, la autorización deberá terminar tan pronto el beneficiario deje de poseer la condición de dependiente o al término de la misión.

Reglas
Conforme el texto, el acuerdo no implica el reconocimiento automático de títulos o diplomas logrados en el exterior. "Tal reconocimiento solamente podrá ocurrir en conformidad con las normas en vigor que reglamentan esas cuestiones en el territorio del Estado acreditado", dice el texto. Los dependientes que ejerzan actividad remunerada estarán sujetos a la legislación laboral, de prevención social y tributaria del Estado donde estén residiendo.

La propuesta será analizada por otras comisiones antes de seguir para el Plenario.
 

 

Traducción - Grupo Solucion-SP Language/Paulo de Holanda Morais