Prescripción de crimen sexual contra menor de edad puede cambiar
Tramita en la Cámara el Proyecto de Ley 6719/09, del Senado, que cambia las reglas relativas a la prescripción de los crímenes contra la dignidad sexual de niños y adolescentes - artículo 11 del Código Penal (Decreto-Ley 2.848/40).
Por el proyecto, el conteo del tiempo de prescripción de estos crímenes comienza solamente después de la víctima completar la edad de 18 años, salvo si a ese tiempo ya haya sido propuesta la acción penal. Por el texto legal vigente, el tiempo de prescripción es contado desde la fecha del crimen.
Mayor protección
El proyecto fue propuesto por la Comisión Parlamentaria de Expediente (CPI) de la Pedofilia. Según la CPI, lo mejor sería hacer ese tipo de crimen que no pierde su validez, igual al de racismo. Para tanto, sin embargo, sería necesaria una enmienda constitucional, de más difícil aprobación.
Por eso, la CPI optó por cambiar apenas la ley ordinaria, con la finalidad de dificultar la prescripción. "Es importante postergar el inicio de la conteo del plazo de validez, para asegurar más amplia protección para el bien jurídico con tutela", dice la comisión.
"No raras veces se ha observado que, por variadas razones, las providencias legales no son hechas por los responsables por las víctimas, lo que permite lo libre curso del plazo de validez; alcanzando la edad de mayor de edad, la víctima asume condiciones para actuar por cuenta propia", añaden los integrantes de la CPI.
Tramitación
Sujeto a la apreciación del Plenario, el proyecto tramita con prioridad. Dispensa de las exigencias regimentales para que determinada proposición sea incluida en el Orden del Día de la sesión siguiente, después de las que tramitan en régimen de urgencia en las comisiones de Seguridad Social y Familia; y de Constitución, Justicia y Ciudadanía.
Reportaje - Luiz Claudio Pinheiro
Edición - Newton Araújo
Traducción - Grupo Solucion-SP Language/Paulo de Holanda Morais