Cámara aprueba acuerdo de informaciones tributarias con EEUU

12/02/2010 18h50

Diputados aún aprobaron dos otros acuerdos en las áreas naval y diplomática

La Cámara aprobó jueves (11) el Proyecto de Decreto Legislativo (PDC) 413/07, que permite ratificar el acuerdo entre Brasil y Estados Unidos para el intercambio de informaciones relativas a tributos, celebrado en 2007. El proyecto, que fue objetivo de fuertes discusiones durante su tramitación en la Cámara, sigue para el Senado.

El relator de la propuesta en la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía, diputado Flávio Dino (PCdoB-MA), garantizó que el texto no obliga ninguna de las partes a suministrar informaciones sujetas a la protección legal ni que revelen cualquier secreto comercial, empresarial, industrial o profesional. "Hay aún la posibilidad de recusa a la prestación de asistencia cuando la revelación de las informaciones requeridas sea contraria al interés público de la parte requerida", añadió.

El diputado Maurício Rands (PT-PE), que coordina el grupo parlamentario Brasil-EEUU, dijo que fue importante para la aprobación del acuerdo un entendimiento que incluyó varios partidos, incluso DEM y PSDB. "De los tres acuerdos programados con EEUU, ése es lo más importante, porque hará viable el combate de la ocultación con el cambio de informaciones entre los ministerios de la hacienda de los dos países", dijo.

Seguridad para inversiones
Según Rands, los acuerdos garantizarán más inversiones externas, una vez que la idea final es evitar la doble tributación de productos entre los dos países. El acuerdo, aplicable apenas a tributos federales, permitirá que las informaciones sujetas al cambio sean utilizadas, incluso, para averiguaciones de naturaleza criminal.

Para el diputado José Carlos Aleluia (DEM-BA), ésa es una cuestión de Estado, permanente, y no apenas del actual gobierno, y por eso no hay divergencia entre los partidos sobre el tema. "Ese acuerdo protege las empresas multinacionales brasileñas y americanas, también los ciudadanos que quieren invertir en los dos países, y protege el ciudadano en general al proteger el fisco de la ocultación", dijo.

En el caso brasileño, el acuerdo es aplicable, por ejemplo, sobre el Impuesto de renta de las personas y empresas, el Impuesto sobre Productos Industrializados (IPI), el Impuesto sobre Operaciones Financieras (IOF), el Impuesto sobre Propiedad Territorial Rural (ITR) y la Contribución Social sobre el Logro Líquido (CSLL). En el caso de Estados Unidos, son abarcados los impuestos federales sobre la renta, sobre la actividad autónoma, herencias y donaciones y los impuestos federales sobre el consumo.

Barcos
También fueron aprobados dos otros acuerdos. El primero (PDC 1804/09) ratifica el texto de la Convención Internacional sobre Control de Sistemas que impiden a que algo extraño y dañoso se incruste en barcos. El principal objetivo es restringir la aplicación, en los barcos, de compuestos que actúen como biocidas (como algunos tipos de tintas), protegiendo los organismos marinos de ensenadas y puertos.

El otro (PDC 1928/09), firmado con Togo, permite que dependientes de los integrantes de los cuerpos diplomáticos, consular, militar y administrativo ejerzan actividad remunerada.

Reportaje - Marcello Larcher
Edición - Paulo Cesar Santos
Traducción - Grupo Solucion-SP Language/Paulo de Holanda Morais