Propuesta libera bingos y caza-níqueles en todo el País
Propuesta del diputado Regis de Oliveira (PSC-SP) libera los juegos de bingos, video bingos y video juegos (caza-níqueles) - prohibidos desde 2004 por fuerza de decisión del Supremo Tribunal Federal, que consideró inconstitucionales las leyes provinciales sobre el asunto. Oliveira es autor de un sustitutivo, aprobado en septiembre de 2009 por la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía, sobre ocho propuestas relacionadas a bingos.
Conforme la propuesta, esos juegos de azar necesitarán ser realizados en establecimientos especiales y exclusivos, en los cuales no será permitida la entrada de menores de 18 años (ni aun acompañados de los responsables) ni de personas viciadas en juegos, que serán identificadas por un catastro nacional a ser creado en el plazo de 180 días después de la promulgación de la ley.
Además del Impuesto de renta, los establecimientos pagarán royalties del 17% de su receta financiera (diferencia entre el valor apurado con la venta de billetajes y apuestas en los terminales electrónicos y la premiación efectivamente ofrecida y paga). De ese total, 14% van para el área de salud, 1% para el Fondo de Apoyo al Deporte, 1% para el Fondo de Apoyo a la Cultura y 1% para el Fondo de Apoyo a la Seguridad Publica. Los ganadores también pagarán Impuesto de renta, que será retenido en la fuente.
Reglas generales
Conforme el sustitutivo, los establecimientos dedicados a los juegos de azar deberán quedarse a una distancia mínima de 500 metros de escuelas.
Desde que la propuesta sea aprobada, el reglamento definirá la cantidad de establecimientos autorizados por municipio, obedecido el siguiente criterio de la población:
- hasta 500 mil habitantes, un establecimiento para cada 100 mil habitantes o fracción;
- desde 500.001 habitantes, un establecimiento para cada 150 mil habitantes o fracción.
No será permitida la concesión de crédito a los apostadores, o sea, todas las apuestas necesitarán ser pagadas en vivo.
Los programas de computadora serán definidos técnicamente y homologados por el Ministerio de la Hacienda. Los premios apenas serán pagados después de la digitación del CPF del ganador - o del número del pasaporte, en el caso de extranjero. El programa de computadora deberá estar conectado en tiempo real con la Hacienda y con el Consejo de Control de Actividades Financieras (Coaf).
La autorización para funcionamiento de las casas de juegos de azar será de cinco años. Cada sociedad empresarial solamente podrá ser autorizada a operar tres establecimientos de bingo, no pudiendo tener entre su socios personas físicas o jurídicas que participen de otra sociedad poseedora de igual autorización de exploración.
Puniciones
En caso de incumplimiento de las normas, el sustitutivo establece multas de R$ 5 mil a R$ 500 mil, disposiciones penales de reclusión de uno a cinco años.
La disposición penal más grave (reclusión de uno a cinco años y multa) está prevista para quien mantenga, facilite o realice esos juegos sin autorización; adulterar, falsificar, manejar o controlar, por cualquier medio, el resultado de los juegos; y para quien explorar, permitir la exploración o mantenga, en las salas de juegos, otras modalidades diferentes de la autorizada para aquel establecimiento.
De la Redacción/WS
Traducción - Grupo Solucion-SP Language/Paulo de Holanda Morais