Obras en estadios de la Copa del Mundo ganan incentivo fiscal
La Cámara aprobó una exención fiscal para obras en estadios que serán usados en la Copa de las Confederaciones de 2013 y en la Copa del Mundo de 2014, que serán realizadas en Brasil. El incentivo estaba previsto en la Medida Provisoria 497/10, que fue convertida en la Ley 12.350/10.
El régimen especial de tributación, llamado de Recopa, suspende la cobranza de impuestos y contribuciones sobre materiales y servicios que serán usados por empresas con proyectos aprobados hasta el 31 de diciembre de 2012 por el Ministerio del Deporte.
Una de las novedades incluidas por los diputados es la obligatoriedad del gobierno federal encaminar al Congreso y publicar, hasta el 1º de agosto de 2016, una prestación de cuentas de esa renuncia fiscal.
Copa y Olimpiadas
Aún en beneficio de los eventos deportivos que Brasil será sede, la Cámara aprobó la MP 496/10. Permite que las ciudades-sede de la Copa del Mundo de 2014 y de las Olimpiadas de 2016 hagan nuevos empréstitos para financiar obras relacionadas a esas competiciones. Esa MP también ya viró ley (12.348/10).
Esos empréstitos podrán ser hechos mismo si la deuda total del municipio quedar arriba de la receta líquida real. La Receta Líquida Real (RLR) es utilizada para calcular el límite de pago de la deuda de provincias y municipios renegociada con el Tesoro Nacional y para acompañar la evolución de la deuda financiera. El concepto de RLR es diferente para provincias y municipios porque son permitidas exclusiones específicas en su cálculo, como recetas de operaciones de crédito y de transferencias voluntarias. La RLR es apurada por el Tesoro Nacional desde datos de balancetes enviados por las provincias y municipios. Los valores son calculados y divulgados mensualmente por medio de portería.
Ley Pelé
Nuevas reglas de relación profesional entre atletas y entidades deportivas fueron aprobadas por la Casa por medio del Proyecto de Ley 5186/05, del Ejecutivo, que muda la Ley Pelé (9.615/98).
El texto aumenta el repaso de recursos para los clubs formadores de atletas, tanto de las modalidades olímpicas cuanto del fútbol. Para concluir el análisis de la materia, los diputados necesitan votar las enmiendas enviadas por el Senado.
Una de las novedades del texto de la Cámara es el hecho de que hasta 5% de los valores pagados por los clubs compradores en las transferencias nacionales de futbolistas, definitivas o temporarias, deberán ser distribuidos a los clubs formadores, de acuerdo con la edad del atleta en la época de la formación.
En el caso de los clubs formadores de atletas olímpicos, el aumento de recursos es garantizado por el repaso de parte del dinero de loterías federales actualmente destinado al Ministerio de los Deportes.