Comisión aprueba proyecto que anula decreto sobre tierras indígenas
El decreto fue considerado perjudicial a los agricultores. El proyecto aún será votado por dos comisiones y por el Plenario.
La Comisión de Agricultura, Ganadería, Abastecimiento y Desenvolvimiento Rural aprobó el miércoles (3) la propuesta de suspender el Decreto 1.775/96, que define las reglas para el proceso de demarcación de tierras indígenas. La medida está prevista en el Proyecto de Decreto Legislativo 1346/08, del diputado Homero Pereira (PR-MT).
El decreto otorgó competencia a un antropólogo para definir el perímetro de una tierra indígena, sin establecer los criterios de evaluación. Para el autor de la propuesta, el Poder Ejecutivo actuó de forma arbitraria y unilateral al elaborar esa regla, y cercenó el derecho de defensa de los ciudadanos.
El relator del proyecto, diputado Moises Avelino (PMDB-TO), concordó con ese argumento. Para él, el decreto hiere principios y normas constitucionales, extingue derechos y condena los agricultores a la pérdida de sus bienes, sin el debido proceso legal.
Él recuerda que los estados y los municipios fueron retirados del proceso, que es únicamente juzgado por la Fundación Nacional del Indio (Funai). "De lo que se concluye que el Poder Ejecutivo exorbitó de su poder reglamentar, en los términos previstos por el artículo 49, inciso 5º, de la Constitución Federal", dice el relator.
Procedimientos de demarcación
El decreto del Ejecutivo reglamenta el Estatuto del Indio (Ley 6.001/73), que, entre otros principios, garante a las comunidades indígenas la pose permanente de las tierras que habitan, reconociéndoles el derecho al usufructo exclusivo de las riquezas naturales y de todas las utilidades existentes en esas tierras.
"No tenemos dudas en cuanto al derecho de los indios de tener sus tierras demarcadas para pose y uso en su provecho", dice el relator. Él resaltó, sin embargo, que hay varios cuestionamientos sobre los criterios utilizados en los procedimientos de demarcación de tierras.
De acuerdo con la Constitución, las tierras tradicionalmente ocupadas por los indios son aquellas habitadas por ellos en carácter permanente; las utilizadas para sus actividades productivas; las imprescindibles a la preservación de los recursos ambientales necesarios a su bienestar; y las necesarias a su reproducción física y cultural, segundo sus usos, costumbres y tradiciones.
Trámite
El proyecto será votado por las comisiones de Derechos Humanos y Minorías; de Constitución y Justicia y de Ciudadanía, y por el Plenario.
Reportaje - Marcello Larcher
Edición - Pierre Triboli
Traducción - Positive Idiomas Ltda