Comisión aprueba fondo de cambios de clima con dinero del petróleo

09/06/2009 13h40

La Comisión de Medio Ambiente y Desenvolvimiento Sustentable aprobó el miércoles (03) la creación del Fondo Nacional sobre Cambio de Clima, cuya finalidad será financiar iniciativas que reduzcan los impactos del calentamiento global en Brasil.

Por la propuesta, el Ministerio de Medio Ambiente (MMA) deberá destinar a la constitución del fondo 60% de los recursos de la participación especial en la producción de petróleo a que tiene derecho.

Cuatro propuestas
El texto aprobado fue el substitutivo del relator, diputado Arnaldo Jardim (PPS-SP), los cuatro proyectos que tramitan adicionados y tratan del tema:
- Proyecto de Ley 2223/07, del diputado Sebastião Bala Rocha (PDT-AP), que amplia la compensación financiera de la industria de petróleo y gas para a reparación de daños ambientales;
- PL 2635/07, del diputado Eduardo Valverde (PT-RO), que cría el Fondo Nacional de Cambios Climáticos por medio da redistribución de los recursos de la participación especial en petróleo;
- PL 3820/08, del Poder Ejecutivo, que cría el Fondo Nacional sobre Cambio de Clima (FNMC) con los recursos del petróleo; y
- PL 3570/08, del diputado Anselmo de Jesús (PT-RO), que extiende los recursos provenientes del petróleo para que los productores rurales recuperen o mantengan los ecosistemas naturales.

Arnaldo Jardim explicó que, para elaborar el substitutivo, utilizó como base el PL del Ejecutivo, por ser el más abarcador. El texto aprobado establece que los recursos del MMA la que se refiere deben ser destinados "de preferencia" a los daños provocados por actividades relacionadas a la cadena petrolífera.

Actividad petrolífera
Actualmente, por la Ley 9.478/97, esos recursos deben ser destinados apenas a la recuperación de daños ambientales causados por actividades relacionadas al petróleo. En caso de gran volumen de producción o de gran rentabilidad, estados y municipios tienen derecho a recibir participación especial.

Esa participación se constituye de la receta bruta, deducidos los royalties, las inversiones en la exploración, los costos operacionales, la depreciación y los tributos. Del valor restante, al Ministerio de Minas y Energía caben 40%, al Ministerio de Medio Ambiente 10%, y al estado productor 40%.

Los 10% restantes deben destinarse al municipio donde ocurre la producción en tierra, o confrontante con la plataforma continental donde ocurre la extracción, como acontece hoy con la exploración en alto mar en las bacías de Campos y de Santos, entre otras.

Fondo
En lo que se refiere al Fondo Nacional sobre Cambio de Clima, el proyecto determina que sea administrado por un comité gestor, vinculado al Ministerio de Medio Ambiente. Deben participar del colegiado seis representantes del Ejecutivo y cinco del sector no gubernamental.

Los recursos, segundo la propuesta, pueden ser aplicados por medio de financiamientos no reembolsables y reembolsables. En este último caso, el agente financiero será el Banco Nacional de Desenvolvimiento Económico y Social (BNDES).

En la opinión de Jardim, la aprobación de la medida "representa un paso importante para Brasil avanzar en esta cuestión tan crucial". Para él, "no hay como hacer políticas sin destino claro de los recursos. Ahora la Política nacional de Cambios Climáticos tiene un fondo".

Trámite
En régimen de prioridad, el proyecto sigue para análisis conclusiva de las comisiones de Minas y Energía; de Finanzas y Tributación; de Constitución y Justicia y de Ciudadanía.

Reportaje - Maria Neves
Edición - Newton Araújo
Traducción - Positive Idiomas Ltda