Comisión facilita emisión de visado para trabajo temporario
La Comisión de Trabajo, de Administración y Servicio Público aprobó el miércoles (15) el Proyecto de Ley 2594/07, del diputado William Woo (PSDB-SP), que facilita la permanencia en Brasil del extranjero, mismo sin vínculo de empleo, que venga con cualquiera una de las siguientes funciones:
- atender persona jurídica de derecho privado en situación de emergencia;
- para transferir conocimientos tecnológicos;
- para prestar asistencia técnica;
- para entrenar personas.
Por el proyecto, ese extranjero tendrá derecho al visado temporario y autorización de trabajo por hasta 90 días, bastando presentar copia del pasaporte; comprobación de la formación profesional; recibo del recogimiento de la tasa individual de inmigración; y copia del estatuto o acto constitutivo de la persona jurídica, con comprobante de inscripción en el Catastro Nacional de la Persona Jurídica (CNPJ).
El objetivo es desburocratizar la concesión de visados, "dotando el País de una legislación más ágil y conveniente con el mundo globalizado", argumenta el autor de la propuesta.
Reparo de navío
"De hecho, en el mundo globalizado de hoy, es inevitable la utilización de mano de obra extranjera especializada por empresas de todos los sectores de la economía para la realización de servicios de naturaleza temporaria, para transferencia de tecnología y entrenamiento de personal", afirma la relatora, diputada Andreia Zito (PSDB-RJ), que clasificó de "anacrónicas" las dificultades impuestas por la legislación vigente.
La relatora introdujo en el proyecto una enmienda destinada a sanar problemas en la entrada de emergencia en el País de técnicos enviados por armadores, o seguradoras de barcos, para realizar servicios de reparo o mantenimiento.
Considerando que en muchas ocasiones la venida de este técnico es decidida en un fin de semana o en alguna otra situación en la cual el contacto previo con el consulado brasileño en la ciudad de origen no es posible, la relatora incluyó en el texto una autorización para que baste una carta del armador explicando las razones del viaje y el tiempo estimado de permanencia.
De forma semejante, en caso de necesidad de emergencia de reparo de navío, la enmienda permite que el agente marítimo presente a la Policía Federal, al llegar al aeropuerto, una carta en los mismos términos, pidiendo un plazo estándar de permanencia de 15 días.
Tramitación
Ya aprobado por la comisión de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional, el proyecto sigue para la Comisión de Constitución y Justicia y Ciudadanía.
Reportaje - Luiz Claudio Pinheiro
Edición - Newton Araújo
Traducción – Grupo Solucion/Paulo de Holanda Morais