Congreso promulga enmienda de los rogatorios

11/12/2009 10h40
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El Congreso promulgó el miércoles (9) la Enmienda Constitucional 62/09, que altera las reglas para pago de rogatorios, como son llamadas las deudas judiciales de la Unión, provincias, Distrito Federal y municipios.

La Enmienda crea un régimen especial según el cual la eliminación de los rogatorios alimenticios y de menor valor tendrá prioridad sobre los demás. El texto decretado también obliga los municipios a destinar entre 1% y 1,5% de sus ingresos corrientes líquidos para el pago de los rogatorios. Ese porcentaje, para las provincias, queda entre 1,5% y 2%.

Conforme la enmienda, 50% de los recursos de los rogatorios será usado para pago por orden cronológico y al contado. La otra deberá ser paga por medio de subastas, en las que el acreedor que conceda el mayor descuento sobre el total de la deuda a recibir tendrá su crédito pagado primero. También están previstos pagos por orden creciente de débito o por conciliación entre las partes.

La enmienda establece aún que los valores de las deudas sufrirán actualización monetaria conforme las reglas de la cuenta de ahorros.

De la Redacción/PCS
Con informaciones de la Agencia Senado
Traducción - Grupo Solucion-SP Language/Maria Laura Ocampo