Proyecto reformula Estatuto del Extranjero

14/08/2009 13h35

Propuesta prohíbe el extranjero de poseer tierras en regiones de frontera y permite la extradición de brasileño naturalizado que envolverse con el tráfico de drogas

La Cámara analiza nuevas reglas para entrada y permanencia de extranjeros en Brasil. Hoy ese tránsito es reglamentado por el Estatuto del Extranjero (Ley 6.815/80). El Proyecto de Ley 5655/09, enviado por el Ejecutivo, sustituye ese estatuto. En la evaluación del ministro de la Justicia, Tarso Genro, las alteraciones son necesarias porque aquella legislación es de una época en la que la emigración era considerada asunto de seguridad nacional y hoy necesita ser tratada "como un derecho del hombre".

Entre las principales innovaciones del proyecto, se destaca la necesidad de autorización previa para la actuación de inmigrantes en regiones consideradas estratégicas, como la Amazonia Legal, y áreas ocupadas por indios, quilombolas u otras comunidades tradicionales. El proyecto también prohíbe extranjeros de poseer tierras en regiones de frontera.

Por el texto, extranjeros también quedan prohibidos de poseer empresas de vigilancia. La legislación actual ya prohíbe extranjeros de ser propietario de empresa periodística y de explorar recursos minerales, incluso los potenciales hidráulicos. Esas prohibiciones son mantenidas por el proyecto.

En compensación, la propuesta permite que los extranjeros participen de administración de sindicatos, de asociaciones profesionales y de entidades fiscalizadoras del ejercicio de profesiones reglamentadas. La propuesta también extingue la exigencia de buena salud para entrada y permanencia en el País.

Visados
El proyecto acaba con el visado de tránsito y une los visados de turismo y negocios. Antes el visado de negocio era temporal y valía por apenas 90 días. Con el cambio, el visado de negocio pasa a tener duración de cinco años, misma fecha de caducidad de lo de turismo.

Como ya es previsto en la legislación actual, esos visados permiten a los extranjeros diversas entradas en el País, con permanencia de 90 días prorrogables por igual período, con límite de 180 días por año.

Otra novedad del proyecto es la creación de la categoría "visado para tratamiento de salud". Esa modalidad será extensiva a un acompañante y podrá ser concedida por hasta un año, prorrogable por el período que durar el tratamiento, que deberá ser realizado en la red privada.

El texto innova aún al permitir a estudiantes ejercer actividad remunerada, condicionada apenas a la autorización del Ministerio del Trabajo.

Tráfico de personas
Víctimas de tráfico de personas reciben tratamiento especial en el proyecto del Ejecutivo. Por el texto, el Ministerio de la Justicia podrá conceder residencia temporaria al extranjero traficado para Brasil por hasta un año. Caso la víctima colabore con la averiguación, ese período podrá ser prorrogado por igual período o mientras durar el proceso. El texto aún prevé la posibilidad de esa autorización volverse permanente.

Las víctimas de tráfico de personas no serán responsabilizadas por las infracciones previstas en la ley ni podrán ser deportadas o repatriadas, además de que cuenten con las medidas de protección a víctimas y testigos.

Penalidades
Infracciones a las normas previstas podrán ser punidas con multa de hasta R$ 100 mil y expulsión. Extranjero que haga declaración falsa u omitir información en los procesos de inmigración también podrá ser punido con reclusión de una a cinco años, además de la multa.

Tramitación
El proyecto, que tramita en régimen de prioridad, será analizado por las comisiones de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional; y de Constitución y Justicia y de Ciudadanía, antes de ser votado por el Plenario de la Cámara.

Reportaje - Maria Neves
Edición - Natalia Doederlein
Traducción - Grupo Solucion-SP Language/Paulo de Holanda Morais