Cámara concluye aprobación de la Ley General del Turismo

20/08/2009 16h20

Los diputados concluyeron el miércoles (12), con la aprobación de una enmienda del Senado, la votación del Proyecto de Ley 3118/08, del Poder Ejecutivo, que ahora sigue para sanción presidencial. Conocido como Ley General del Turismo, el texto disciplina nuevas reglas dirigidas a los sectores de hostelería, transportadoras turísticas y otros servicios de turismo. La enmienda del Senado reduce de R$ 3 millones para R$ 1 millón la multa máxima que puede ser aplicada en el ámbito de la ley general.

De acuerdo con el sustitutivo del diputado Marcelo Teixeira (PR-CE), aprobado por la Cámara el 25 de junio, cualquier prestador de servicio de turismo receptivo dirigido a captar turistas extranjeros tendrá el derecho a beneficios fiscales, líneas de crédito y financiaciones oficiales existentes para fomentar la exportación. Ésa fue una de las principales contribuciones de la Cámara a la materia.

Enmienda del diputado Otávio Leite (PSDB-RJ) clasifica esa actividad como exportadora, envolviendo hosterías, agencias de turismo receptivo, organizadoras y administradoras de ferias, eventos, congresos y análogos. La regla depende de reglamentación del Poder Ejecutivo.

Acuerdo
La enmienda del Senado sobre la multa máxima concreta acuerdo hecho en la Cámara cuando de la primera votación del proyecto. La multa tendrá valores de R$ 350 a R$ 1 millón, desde que observado el contradictorio y la amplia defensa.

Otras penalidades que continúan valiendo son la advertencia por escrito; la cancelación de la clasificación; la prohibición de local, actividad, instalación, establecimiento empresarial, iniciativa o equipo; y la cancelación del catastro.

Catastro
La propuesta obliga aún todos los prestadores de servicios turísticos sean registrados en el Ministerio del Turismo. El catastro tendrá validez de dos años, y la prestación de servicios turísticos sin el catastro implica multa y prohibición del local hasta la completa regularización. La exigencia se aplica, incluso, a las filiales.
El catastro será facultativo a restaurantes, centros de convención, marinas, locadores de vehículos para turistas y otras actividades que tengan relación con el sector, según condiciones propias a ser fijadas para ellas.

Reportaje - Eduardo Piovesan
Edición - Maria Clarice Dias
Traducción - Grupo Solucion-SP Language/Paulo de Holanda Morais