Plenario aprueba transferencia de tierras de la Unión para Roraima
El Plenario aprobó, el miércoles (15), la Medida Provisoria 454/09, que viabiliza la transferencia de la titularidad de tierras de la Unión al estado de Roraima y amplia los usos posibles de esos inmuebles, por medio de cambios en la Ley 10.304/01. La materia precisa ser votada aún por el Senado.
El texto aprobado es el del proyecto de ley de conversión del diputado Urzeni Rocha (PSDB-RR), que hizo apenas un cambio. Él incluyó las actividades agrícolas diversificadas entre los usos preferenciales que podrán ser dados a los inmuebles. Las otras actividades que ya estaban previstas en la MP son: de conservación ambiental y desenvolvimiento sustentable; de asentamiento, colonización y regularización agraria. Antes de la MP, el uso era obligatorio para asentamiento y colonización.
La Ley 10.304/01 ya excluía de la transferencia las tierras indígenas; las tierras desocupadas indispensables a la defensa de las fronteras; los lagos y ríos; los potenciales de energía hidráulica; los recursos minerales; las cavernas naturales subterráneas; y los sitios arqueológicos y prehistóricos.
Recursos naturales
La MP también prevé que no podrá ser transferida la propiedad de la Unión sobre los siguientes bienes: recursos naturales de la plataforma continental y de la zona económica exclusiva; el mar territorial; los terrenos de marina y sus acrecidos; las tierras destinadas a proyectos de asentamientos; las áreas reservadas a unidades de conservación; las áreas de uso público común o especial, como un local donde este instalado un aeropuerto; las áreas usadas por el Ministerio de Defensa; y aquellas concedidas por la Unión de manera condicional, como las que fueron ofrecidas para instalación de empresas.
Segundo el gobierno, los cambios fueron negociados por el estado de Roraima con el Ministerio de Desenvolvimiento Agrario y con el Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (Incra), porque la ley anterior fue considerada, por el Supremo Tribunal Federal (STF), como insuficiente para la efectiva transferencia. El STF juzgó que era necesario reglamentar la ley e identificar previamente las áreas a ser mantenidas en nombre de la Unión.
Urzeni Rocha recordó que el entonces territorio de Roraima fue transformado en estado en 1988, pero hasta hoy aguardaba la transferencia efectiva de su patrimonio. "El estado era virtual, pues existía en el papel, pero no tenía patrimonio. A partir de ahora, el gobierno local podrá implementar proyectos para hacer con que Roraima alcance desenvolvimiento económico y social con los mismos padrones de los otros estados", resaltó.
Reportaje - Eduardo Piovesan y Mônica Montenegro
Edición - João Pitella Junior
Traducción – Positive Idiomas Ltda