Plenario de la Cámara aprueba interrogatorio de preso por vídeo conferencia

15/12/2008 05h00

Desplazamientos de presos para audiencias en tribunales cuestan alrededor de 17 millones de reales por semana - solamente al estado de São Paulo, donde están cerca de 44% de la población carcelaria nacional

El Plenario aprobó, el martes (9), la posibilidad de realización de interrogatorios de presos por video conferencia. La medida está prevista en el Proyecto de Ley 4361/08, del Senado, que será enviado para sanción presidencial.

Segundo el proyecto, el interrogatorio por vídeo conferencia podrá ser determinado por el juez en cuatro situaciones:

- cuando existir sospecha de fuga durante el desplazamiento del preso al forum;
- para viabilizar su participación si haber dificultad para comparecer en juicio o si está enfermo;
- para impedir la influencia del reo sobre testigo o víctima; y
- debido a grave problema de orden pública.

Otros actos que dependen de la participación de la persona presa también podrán ser hechos con el uso de esos dispositivos tecnológicos, como careo, reconocimiento de personas y cosas y entrevista de testigo o tomada de declaraciones del ofendido.

Comunicación
Las partes (el Ministerio Público y el defensor del preso) deberán ser intimadas con diez días de antecedencia. Caso el reo tenga un defensor en el presidio y un abogado en la sala del forum donde esté siendo realizada la video conferencia, esos dos profesionales tendrán el derecho de comunicarse por teléfono.

La sala reservada en el presidio para la realización de la vídeo conferencia será fiscalizada por corregidores y por el juez de cada causa, así como por el Ministerio Público y por la Orden de los Abogados de Brasil (OAB).

Testigos
El Código de Proceso Penal (Ley 3689/41), cambiado por el proyecto, ya determina que el testigo residente en otra comarca sea oída en su domicilio, por determinación del juez local. Eso acontece en atención a una carta rogatoria enviada por el juez de la causa.

Con el cambio aprobado por los diputados, el testigo podrá ser oída por video conferencia, inclusive durante la realización de la audiencia de instrucción y juzgamiento.

Si el testigo vive en otro país, el proyecto determina que el pedido para realizar la entrevista, llamado de carta rogatoria, solamente será mandado si es demostrado previamente que la deposición es imprescindible.

Sin embargo, si la trascripción de la deposición cogida en el exterior no es remetida a Brasil antes de la audiencia única de instrucción y juzgamiento, la audiencia no será adiada, excepto si una de las partes comprobar perjuicio. Esa regla vale también para la carta rotatoria.

Economía
Al discutir la materia, el diputado Otavio Leite (PSDB-RJ) recordó que solamente el estado de São Paulo, donde están alrededor de 44% de la población carcelaria nacional, gasta, más o menos, R$ 17,5 millones por semana con desplazamientos de presos para audiencias en tribunales. En un año, eso representa R$ 840 millones. "Es preciso experimentar esa solución [del proyecto] para que más recursos puedan ser gastos en las actividades a fines y para que los policiales puedan ir atrás de los bandidos", dice el diputado.


Reportaje - Eduardo Piovesan
Edición - João Pitella Junior
Traducción - Positive Idiomas Ltda