Rec 19/05

MERCOSUR/CPC/REC. 19/05

PROTOCOLO DE INTEGRACIÓN CULTURAL DEL MERCOSUR

VISTO :

El Protocolo de Integración Cultural del Mercosur sucrito por los países miembros en la ciudad de Fortaleza, el 17 de diciembre de 1996 y lo sugerido por el PARCUM (Parlamento Cultural del Mercosur);

CONSIDERANDO :

La constatación de diversos problemas de índole práctico que afectan al normal desempeño de las funciones, en especial en el trato directo con el público y particularmente con personalidades relacionadas con la cultura en su más amplia expresión a nivel de cada Estado Parte (plástica, literatura, música, cine, educación) lo que origina múltiples pedidos de facilitación de transporte de material destinado a la realización de proyectos culturales con el fin de participar en el exterior en muestras, exposiciones, ferias y otros tipos de eventos:

ATENTO: Que es necesario que se inicien contactos a nivel de los Estados Parte del MERCOSUR  para que el denominado Sello Cultural del MERCOSUR  (Aprobado por resolución del GMC N° 122/96) tenga una implementación efectiva y se transforme definitivamente en un instrumento apto entre los países de la región.

LA COMISION PARLAMENTARIA CONJUNTA
RECOMIENDA:

Artículo 1 &mdashQue; el Consejo del Mercado Común, disponga con urgencia la efectivización de los artículos XIII y XIV del Protocolo de integración Cultural del Mercosur, firmado en Fortaleza el 17/12/96, aprobado mediante la decisión del CMC N° 11/96, y de la Resolución del GMC N° 122/96 relativo al "Tratamiento Aduanero para la circulación en los países del Mercosur", a través de la implementación del "Sello Cultural del Mercosur".

Montevideo, 8 de diciembre de 2005