2000-dez-Florianopolis-AnIII

Anexo III del Acta 05/00 de la COMISION PARLAMENTARIA CONJUNTA DEL MERCOSUR

MERCOSUL/CPC/REC 22/00 -

TRAVESSIA ITAQUI(BRASIL) / ALVEAR(ARGENTINA)

VISTO:

VISTO o acordo, por troca de "Cartas Reversais", entre o Brasil e a Argentina, outorgadas, por tempo indeterminado, em janeiro de 1994, que autorizam a construção de uma ponte rodoviária internacional entre os municípios de Itaqui, na margem brasileira e de Alvear, na margem argentina.

VISTO, que essas "Cartas Reversais" estabelecem termos e condições para a construção da referida ponte, quais sejam: que a obra não gerará compromissos ou responsabilidades legais ou financeiras para os Estados Partes; que a ponte constituir-se-á em um empreendimento privado em todas as suas etapas, com total risco para o investidor; que a participação dos Estados Partes se restringirá ao controle técnico para a aprovação do projeto definitivo e para a instrumentação de funções imprescindíveis da ponte rodoviária.

VISTO, o "Tratado para o Estabelecimento de um Estatuto das Empresas Binacionais Brasileiro-Argentinas", celebrado em Buenos Aires, em 06 de junho de 1990.

VISTA, a constituição de uma empresa binacional, na forma prevista pelo "Tratado para o Estabelecimento de um Estatuto das Empresas Binacionais Brasileiro-Argentinas", sendo a primeira da América Latina criada sob essa forma.CONSIDERANDO:

A importância das ligações rodoviárias e da otimização dos transportes como forma de viabilizar o desenvolvimento dos fluxos do comércio internacional, sobretudo das trocas intra-MERCOSUL.

A necessidade da redução dos custos implicados no transporte das mercadorias objeto das trocas internacionais de modo a proporcionar uma significativa melhoria da competitividade das empresas importadoras e exportadoras.

Os benefícios generalizados, tanto para os países e como para as comunidades da região decorrentes do encurtamento das distâncias ocasionados pelo estabelecimento de mais um ponto de travessia do Rio Uruguai.

Os efeitos de naturezas variadas, além dos econômico-comercias, originados pela ligação, relacionados principalmente com a aproximação entre as comunidades locais e com a integração cultural.A COMISSÃO PARLAMENTAR CONJUNTA RECOMENDA:

Artigo 1º Que os Governos dos Estados Partes do Mercosul adotem as providências necessárias para que a empresa binacional constituída para a construção da Ponte Itaqui-Alvear apresente, em um prazo a ser estabelecido, projeto para a realização da referida obra.

ANEXO IANEXAR O PROJETO DA ARGENTINAMERCOSUR/CPC/REC 23/00 - IMPLEMENTACIÓN DE LA CONVENCIÓN SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA

VISTOEl Convenio Marco de Río de Janeiro, el Convención sobre Diversidad Biológica y la necesidad de dotar al bloque de parámetros básicos ambientales de producción yCONSIDERANDO

Que los pueblos del mundo y sus gobiernos han acordado presupuestos mínimos tendientes a hacer de nuestro planeta Tierra un lugar que merezca ser vivido y donde &mdashpor; que no decirlo- sea posible vivir.

Que dichos parámetros básicos, referidos a la producción, pueden resumirse en las siguientes pautas:

  1. Debe tenderse a una utilización racional de la energía, con un mayor empleo de sistemas energéticos ecológicamente racionales, utilizándose fuentes de energía nuevas y renovables,
  2. En los procesos industriales de producción de bienes deberá considerarse la protección de la atmósfera, mediante la instalación o el mejoramiento de tecnologías de reducción de la contaminación y la sustitución de clorofluocarbonos y otras sustancias que agotan la capa de ozono, además de la reducción de desechos y subproductos,
  3. Ampliar el alcance y eficacia de las actividades relacionadas con el ordenamiento territorial y la conservación y el desarrollo sustentable de los bosques, asegurando eficazmente el aprovechamiento y la producción sostenible de los bienes y servicios forestales,
  4. En relación a la agricultura, se requiere ordenar adecuadamente las formaciones existentes (cultivos, pastizales, bosques, humedales, etc) para la conservación de la biodiversidad biológica, la protección de las cuencas, las sostenibilidad de la producción y el desarrollo agrícola.

Mejorar los sistemas de producción para lograr una mayor productividad, dentro de un plan aprobado de preservación de los recursos naturales, con un enfoque integral del desarrollo rural.

En base a tales principios,LA COMISION PARLAMENTARIA CONJUNTA

RECOMIENDAArticulo 1.- Al Grupo Mercado Común instrumentar un Convenio entre los integrantes del Bloque que contemple los parámetros expresados en los considerandos.

Florianópolis, 14 diciembre de 2000

MERCOSUR/CPC/REC N. 24/00

BALLENA MERCOSURENA

VISTO:

La MERCOSUR/CPC/Recomendacion Nro. 10/00 del 28 de junio de Santa Fe, Argentina

yCONSIDERANDO:

La necesidad de avanzar en acciones conjuntas con vistas al estudio y proteccion de la ballena franca austral ( ballena mercosurena) - por todo lo que la misma significa como especie viva en riesgo y como recurso economico primordial y principalmente turistico- que podrá incorporarse al acuerdo marco a elaborarse,LA COMISION PARLAMENTARIA CONJUNTA DEL MERCOSUR

RECOMIENDA:Articulo 1 : Que los Gobiernos instruyan a sus Fuerzas Armadas y de Seguridad a efectos que las mismas presten apoyo en el marco de sus acciones específicas, a programas de estudio y preservacion de la ballena franca austral (ballena mercosurena) , cuando áquel le fuera solicitado por organismos publicos de los Estados o por Instituciones no gobernamentales acreditadas en la materia.

Articulo 2: Se inserte un aviso de la preservación de ballena franca austral (ballena mercosurena) en las cartas náuticas marinas correpondientes de Argentina, Brasil y Uruguay, y Chile especificando los meses en que la misma se hace presente, a efectos de aportar a la seguridad de la navegacion y a la proteccion de la especie.

Articulo 3: Se realice y mantenga una gestion constante de protesta ante el Gobierno de Japon, por parte de los Estados Miembros, en razon de la presencia de buques cazadores de ballenas con bandera de aquel pais, que realizan campanas anuales de captura en el Atlantico Sur y los mares antarticos, que contravienen además disposiciones del Acuerdo Ballenero Internacional.

Florianopolis, SC, 13 de diciembre del 2000

MERCOSUR/CPC/REC 25/00

COMISIÓN DE EMERGENCIA CONJUNTA PARA PREVENCIÓN DE DESASTRES

VISTO:

Que la CPC es el órgano de representación de los Parlamentos de los Estados Miembros del MERCOSUR;

Que sus funciones consisten en acelerar los procedimientos internos correspondientes de los Estados Partes para la pronta entrada en vigor de normas emanadas de los órganos del MERCOSUR y coadyuvar a la armonización de legislación de integración;

Que los problemas que afectan a cada Estado Parte en particular, con efectos sobre los restantes socios del bloque, que originan desastres naturales (inundaciones, sequías, etc.) o humanos (incendios, derrames de sustancias contaminantes, etc.) ordinarios o extraordinarios, que puedan derivar en daños considerables sobre los bienes, la salud y el habitat común, y,CONSIDERANDO:

Que conforme el Protocolo de Ouro Preto, que establece en su artículo 1, la posibilidad de creación de los órganos auxiliares que fueren necesarios para la consecución del proceso de integración, surge la necesidad de establecer un procedimiento de colaboración, control y análisis de la gestión ambiental, para formular, orientar y fijar los programas para la prevención de hechos naturales o humanos, ordinarios o extraordinarios que por sus características puedan derivar en catástrofes;

Que al registrarse constantes consecuencias indeseables producto de desastres en toda nuestra región afectándonos de manera conjunta, resulta conveniente que se desarrollen actividades para prevenir y luchar contra ese flagelo;

Que, es imprescindible establecer trabajos conjuntos para promover y planificar una política destinada a controlar y palear definitivamente los fenómenos que puedan derivar en desastress en la región;LA COMISION PARLAMENTARIA CONJUNTA

RECOMIENDA:Articulo 1º.- Definir como desastre todo hecho natural o humano, ordinario o extraordinario, regional o sectorial, que por sus características pueda derivar en catástrofes;

Articulo 2º.- Crear una Comisión de Emergencia Conjunta con el fin de colaborar con las fuerzas del Estado afectado por un desastre, la que deberá integrarse por representantes de los Estados Partes, con las características que se consignan: un representante por cada Estado en cada una de las siguientes áreas: Defensa Civil, Ministerios del Interior y Acción Social;

Articulo 3º.- Cada Estado Parte adoptará el envío de sus representantes en correspondencia con los Organismos Equivalentes que el mismo posea, requiriendo que cada uno de los representantes de cada Estado Parte posean cargos con poder de decisión a nivel ejecutivo local, asimismo se garantice que ante un desastres sus funciones puedan centralizarse en la coordinación de la Comisión de Emergencia Conjunta.

Florianópolis, 14 diciembre de 2000

MERCOSUR/CPC/REC. Nº 26/00 -

RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE OBLIGACIONES ALIMENTARIAS

VISTO

La CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE OBLIGACIONES ALIMENTARIAS, celebrada durante la CUARTA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO, en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el 15 de julio de 1989.

Considerando que el Derecho de Familia eleva de su condición de obligación moral a obligación legal el deber de alimentos entre parientes y contempla especialmente este derecho en los hijos menores.

Reconociendo que desde hace mucho tiempo las Naciones Unidas vienen insistiendo sobre este tema con las Convenciones y Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos, las Convenciones sobre Reconocimiento y Eficacia de Sentencias relacionadas con Obligaciones Alimentarias para Menores y la Ley Aplicable a Obligaciones Alimentarias, celebradas en La Haya el 2 de octubre de 1973 , como así también la Organización de los Estados Americanos; generando la Convención citada en este proyecto, lo cual nos eximiría de explayarnos sobre la importancia que tiene para nuestros Estados Partes el compromiso con el bienestar de nuestros hijos.

Preocupados porque actualmente son insuficientes las medidas internacionales para llevar adelante acciones eficaces y eficientes respecto de los derechos de los menores sobre las obligaciones alimentarias, reiterando el compromiso de los países miembros del MERCOSUR con la CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO. LA COMISION PARLAMENTARIA DEL MERCOSUR

RECOMIENDAArt.1: Ratificar, si los Estados Partes aún no lo han hecho, la CONVENCIÓN INTERAMERICA SOBRE OBLIGACIONES ALIMENTARIAS, celebrada durante la CUARTA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO, en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el 15 de julio de 1989.

Florianópolis, 14 de diciembre de 2000

MERCOSUL/CPC/REC Nº 27/00

PROTEÇÃO DO MEIO AMBIENTE NATURAL, ARTIFICIAL, LABORAL E CULTURAL NOS ESTADOS — PARTES DO MERCOSUL

VISTO:

A proposta preliminar do Protocolo de Defesa do Consumidor do Mercosul, negociado pelo Comitê n 07 da Comissão de Comércio do Mercosul.

A recomendação MERCOSUL/CPC/REC Nº 07/99, adotada por ocasião da XIII Reunião Ordinária da Comissão Parlamentar Conjunta do MERCOSUL, realizada em Assunção, Paraguai, de 13 a 14 de julho de 1999.CONSIDERANDO:

Que a promoção da competitividade dos bens produzidos no Mercado Comum do Sul deve pressupor a adequação dos modos de produção, de forma a beneficiar o bem estar dos povos do Mercado Comum do Sul, mas sem contrastar com os ordenamentos jurídicos dos mercados importadores no que concerne ao respeito à dignidade, à saúde e à segurança de todos quantos participem do processo produtivo;

Que a proteção das condições de saúde humana e de segurança contra acidentes é tema indissoluvelmente relacionado ao desenvolvimento sustentável;

Que os Estados-Partes são ausentes no entendimento de que é indispensável buscar a mitigação da pobreza e o emprego pleno e sustentável, metas que implicam ambientes seguros, limpos e saudáveis.A COMISSÁO PARLAMENTAR CONJUNTA

RECOMENDAArt. 1º Que sejam envidados esforços coordenados no sentido da implementação do que dispõem os capítulos 6 (seis), 14 (quatorze), 19 (dezenove), 22 (vinte e dois), 29 (vinte e nove) e 30 (trinta) da Agenda 21 — Declaração do Rio de Janeiro sobre o Meio Ambiente e o Desenvolvimento, subscrita pelos quatro Estados-Partes.

Art. 2º Que, no processo de implementação das metas a que se refere o artigo anterior, sejam apreciados, pelos subgrupos de trabalho competentes, os avenços normativos obtidos junto aos principais parceiros comerciais do MERCOSUL, nomeadamente a União Européia (Diretivas 85/797/CEE, 89/391/CEE e 91/676/CEE) e os Estados Unidos da América (The Mine Safety and Health Act 1969; The Occupational Safety and Health Act 1970 e The Toxic Substances Control Act 1976).

Art. 3º Que sejam adotadas as medidas cabíveis visando harmonização das assimetrias legislativas, com vistas ä formação de um Direito Comunitário que alicerce proteção do meio ambiente natural, artificial, laboral e cultural nos Estados — Partes do MERCOSUL.

Art. 4º Que sejam implementados os debates no sentido da ratificação de convenções internacionais relativas à proteção da saúde humana; à promoção do desenvolvimento rural e agrícola sustentável; ao manejo ecologicamente saudável das substâncias químicas tóxicas e dos resíduos radioativos; à proteção do meio ambiente do trabalho e do meio ambiente conexo; à promoção do desenvolvimento econômico socialmente responsável e à redução de impacto sobre o uso de recursos e do meio ambiente por meio de processos de produção mais eficientes, estratégias preventivas, tecnologias e procedimentos mais limpos de produção ao longo do ciclo da vida dos produtos.

Art. 5º Que, dentre as medidas necessárias para a plena correção de irregularidades nos ambientes do trabalho, sejam envidados esforços no sentido da ratificação das Convenções 129, 148, 155, 161 e 170 da Organização Internacional do Trabalho e na implementação do Programa Internacional para Melhoria das Condições e Meio Ambiente do Trabalho, devendo os ordenamentos normativos internos priorizar, sucessivamente; 1 — a eliminação das fontes de risco ambiental na sua origem; II — medidas de controle diretamente na fonte; III — medidas de controle no meio ambiente de trabalho; IV — diminuição do tempo de exposição aos riscos ambientais.

Art. 6º Que sejam aperfeiçoados Mecanismos legais que garantam o pleno acesso a dados e informações relativos a riscos à saúde e ao meio ambiente pelas partes envolvidas no processo de produção e por suas entidades representativas no âmbito dos quatro países.

Florianópolis, 14 de diciembre de 2000

MERCOSUR/CPC/DISP. 39/00

CRIAÇÃO DE GRUPO DE TRABALHO PARLAMENTAR REFERENTE À GESTÃO INTEGRADA DE RECURSOS HÍDRICOS NO MERCOSUL

VISTO

Os compromissos internacionais assumidos pelos Estados-Partes do MERCOSUL, assim como suas normas internas, em relação ao aproveitamento e conservação de recursos hídricos,

O estabelecido no Capítulo 18 da Agenda 21 adotada pela Conferência das Nações Unidas sobre Meio Ambiente e Desenvolvimento, realizada no Rio de Janeiro, em 1992, em particular o disposto em seu item 18.10, que determina ser necessário que, no caso de recursos hídricos transfronteiriços, os Estados ribeirinhos formulem estratégias e programas de ação conjuntos e harmônicos em relação a esses recursos,CONSIDERANDO

A crescente escassez de recursos hídricos em todo o planeta e a necessidade do uso racional e sustentado da água, de forma a que se mantenha uma oferta adequada de água de boa qualidade para as populações.A COMISSÃO PARLAMENTAR CONJUNTA

DISPÕE:Artigo 1º - Que seja formado um grupo de trabalho parlamentar pertinente à gestão integrada de recursos hídricos nos países do MERCOSUL.

Artigo 2º - Que esse grupo de trabalho tenha caráter inter, multi e transdiciplinar, de forma a possibilitar o aprofundamento da discussão referente aos diferentes usos da água.

Artigo 3º - Que esse grupo de trabalho coordene durante a Semana Internacional da Água, promovida anualmente pela Organização Panamericana de Saúde — OPAS, eventos nos quais os parlamentares dos países pertencentes ao MERCOSUL promovam ações, com o objetivo de defender a gestão integrada dos múltiplos usos dos recursos hídricos, sua conservação e sustentabilidade, como forma de preservação da saúde e melhoria da qualidade de vida das presentes e futuras gerações.

Florianópolis, 14 de dezembro de 2000

 MERCOSUR/CPC/DISP. 40/00

ARROZ

VISTO

As deliberações do Grupo Mercado Comum Res. Números 45/92; 47/92; 60/92; 61/92; 62/92 e 110/92;CONSIDERANDO

A necessidade de se promover uma interação efetiva entre os países do Mercosul para a produção e comercialização do arroz;A COMISSÃO PARLAMENTAR CONJUNTA DO MERCOSUL

DISPÕEArtigo 1º - Criar uma comissão, composta por parlamentares nacionais, representantes dos setores que envolvem o ciclo produtivo do arroz, para discutir os problemas afetos à sua comercialização, a fim de propor alternativas de cooperação que elidam impasses e viabilizem a integração efetiva.

Artigo 2º - Ao desenvolver seus trabalhos, a comissão prevista no Artigo 1º deverá ouvir os vários segmentos envolvidos no ciclo produtivo: produtores rurais, trabalhadores, órgãos de fomento e financiamento e os setores governamentais responsáveis pela produção rizícola, tais como os órgãos pertinentes ao licenciamento da atividade.

Florianópolis, 14 de dezembro de 2000

 MERCOSUR/CPC/DIS. N 41/00

APOYO DE LA UNIDAD PARA LA PROMOCIÓN DE LA DEMOCRACIA UPD-OEA A LA COMISIÓN PARLAMENTARIA CONJUNTA DEL MERCOSUR

VISTO

Los avances en el desarrollo de la Red Interparlamentaria de Información Legislativa (RIIL) con el apoyo de la OEA.

Los estudios presentados por el Programa de estudios legislativos del CLAEH, Uruguay, con el apoyo de la UPD-OEA, sobre la dimensión parlamentaria del Mercosur y la internalización de las normas en los países miembros del Mercosur.CONSIDERANDO

La importancia de la cooperación interparlamentaria y la modernización legislativa para fortalecer la CPC.

La importancia de fortalecer la Secretaría Administrativa Parlamentaria Permanente para apoyar a la CPC y las secciones nacionales.

La necesidad de generar y difundir nuevos conocimientos en materia parlamentaria.LA COMISION PARLAMENTARIA CONJUNTA

DISPONEArtículo 1: Agradecer a la UPD-OEA la colaboración prestada para el desarrollo e implementación de la RIIL

Artículo 2: Solicitar a la UPD-OEA continuar apoyando a la CPC, a través de la Secretaría Administrativa Parlamentaria Permanente.

Artículo 3: Auspiciar los cursos regionales sobre "El Poder Legislativo en la democracia y la integración" que viene realizando la UPD-OEA.

Artículo 4: Solicitar a la UPD-OEA continuar apoyando la realización de estudios en materia parlamentaria que tengan relación con los objetivos de la CPC.

Artículo 5: Solicitar, en virtud de lo dispuesto por el artículo 4, a la UPD-OEA, su aporte a la formulación de un conograma, y eventualmente de modelos y/o propuesta para viabilizar la constitución de un órgano legislativo de carácter comunitario, en el marco de desarrollo institucional integral del MERCOSUR.

Florianópolis, 14 de diciembre de 2000

 CPC/MERCOSUR/DIS. 42/00

CREACIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO PARA LA INTEGRACIÓN DEL SECTOR AZUCARERO

VISTO

Lo establecido en el artículo 3º, del Reglamento de la CPC, que crea la Subcomisión Nº 2 de Agricultura y Medio Ambiente; yCONSIDERANDO

La vital importancia que tiene el Sector Azucarero para los países miembros del MERCOSUR;

Que en la reunión celebrada en Brasília el día 12 de Septiembre del corriente año, entre legisladores argentinos y brasileños, se resolvió la creación de un Grupo Parlamentario AD-HOC para el azúcar, el cual deberá estar compuesto, además de los representantes legislativos de cada país, por miembros de la actividad privada;

Que de aquella reunión en Brasília se determinó la realización del seminario en Piracicaba para tratar, por primera vez, un futuro conjunto y unido del sector;

Que las diferencias entre las estructuras económicas de los cuatro países del MERCOSUL se deben llevar en pos de la integración plena del azúcar;

Que a través del Acta de Punta del Este, de fecha 24 de Noviembre de 2000, los sectores privados de Argentina y de Brasil instan a los gobiernos del MERCOSUR a concretar la armonización de las políticas;

Y dado que a partir del momento en que los actores vinculados a la actividad azucarera procuraron la solución del diálogo y del entendimiento mutuo, el azucar ha dejado de constituir un elemento de conflicto en el ámbito del MERCOSUR para convertir-se en una herramienta de acercamiento com vistas a lograr una mayor integración, conscientes de que aún está lejos la solución definitiva para este sector;

Finalmente que es responsabilidad de la Comisión Parlamentaria Conjunta, como institución permanente del MERCOSUR, velar por la armonización de los intereses de las Regiones y Pueblos del MERCOSUR.LA COMISION PARLAMENTARIA CONJUNTA

DISPONEArticulo 1º - Conformar un foro de trabajo en el marco de la Subcomisión Nº 2 de la Comisión Parlamentaria Conjunta. Cada Sección Nacional designará a los Legisladores para integrar el Foro de Trabajo AZUCAR. Las secciones nacionales deberán informar la próxima Presidencia Pro Tempore los Legisladores designados para esta Subcomisón en un plazo de veinte (20) días.

Artículo 2º - Será función de esta Subcomisión analizar, estudiar, e investigar las estructuras productivas del sector azucarero en cada país miembro del MERCOSUR, con el objetivo de presentar propuestas integradoras de los mismos y proyectos productivos conjuntos en la próxima reunión de la CPC a realizarse en la República del Paraguay.

Florianópolis, 14 de Diciembre de 2000

 MERCOSUL/CPC/DISP Nº 43/00

INTERCÂMBIO ENTRE A CPC E OS LEGISLATIVOS REGIONAIS

CONSIDERANDO

A decisão constante do art 1º da Disposição MERCOSUL/DISP/CPC Nº 36/2000, aprovada pela XVI Reunião da Comissão Parlamentar Conjunta do MERCOSUL, realizada em Porto Alegre, aos 7, 8 e 9 de novembro de 2000.A COMISSÃO PARLAMENTAR CONJUNTA

DISPÕEArtigo 1º A Comissão Parlamentar Conjunta do MERCOSUL promoverá o intercâmbio entre ela e as comissões ou órgãos existentes no âmbito dos legislativos regionais: estaduais, provinciais e municipais, que tenham por objeto o acompanhamento, ou que visem a contribuir com o processo de integração engendrado pelo MERCOSUL.

Artigo 2º A fim de desenvolver esse intercâmbio, a Comissão Parlamentar Conjunta do MERCOSUL, a partir de levantamento realizado em cada um dos Estados Partes, formulará um convite às comissões ou órgãos dos legislativos dos estados, províncias e municípios para que esses estabeleçam um canal privilegiado e permanente, com cada Representação Nacional na CPCM, para troca de informações sobre os temas da integração.

Artigo 3º Cada uma das Representações Nacionais na Comissão Parlamentar Conjunta do MERCOSUL promoverá, anualmente, uma reunião geral entre ela e todos os órgãos referidos no artigo 1º.

Artigo 4º A reunião geral se constituirá no foro privilegiado para o debate dos temas da integração entre cada Representação Nacional e as comissões ou órgãos referidos no artigo 1º, os quais poderão apresentar, nessa reunião, suas sugestões, preocupações e reivindicações, preferencialmente sob os pontos de vista local, regional e fronteiriço, que sejam de qualquer forma relacionados ao avanço do MERCOSUL, com vistas à eventual adoção de disposições ou recomendações por parte da Comissão Parlamentar Conjunta do MERCOSUL.

Florianópolis, 14 de dezembro de 2000.

 MERCOSUR/CPC/DIS. N. 44/00

PRESUPUESTO DEL EJERCICIO ENERO JUNIO DEL 2001 DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA PARLAMENTARIA

VISTO

El artículo 27 del Protocolo de Ouro Preto, el inciso h) del artículo 30 del Reglamento Interno de la CPC y las Disposiciones 12/97 y 21/00;CONSIDERANDO

Que la Secretaria Adminstrativa Parlamentaria Permanente debe elaborar su proyecto de presupuesto semestralmente y submetelo a aprobación de la Mesa ejecutiva. LA COMISIÓN PARLAMENTARIA CONJUNTA DEL MERCOSUR DISPONE:

Artículo 1 — Aprobar la ejecución del presupuesto del ejercicio de enero-junio del 2001 presentado por la Secretaria Adminstrativa Parlamentaria Permanente que figura como Anexo y forma parte de la presente disposición.

Florianópolis, SC, 13 de diciembre de 2000

 MERCOSUR/CPC/DIS. N. 45/00

RENDICIÓN DE CUENTAS DEL EJERCICIO JULIO — DICIEMBRE DE 2000 DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA PARLAMENTARIA

VISTO

El artículo 27 del Protocolo de Ouro Preto, el inciso i) del artículo 30 del Reglamento Interno de la CPC y las Disposiciones 12/97 y 21/00;CONSIDERANDO

Que la Secretaria Adminstrativa Parlamentaria debe rendir cuentas semestralmente de los gastos ejecutados en base al presupuesto aprobado para cada semestre por la Comisión Parlamentaria Conjunta del MERCOSUR;LA COMISIÓN PARLAMENTARIA CONJUNTA DEL MERCOSUR DISPONE:

Artículo 1 — A partir de la próxima rendición de cuentas, la Secretaria Administrativa Parlamentária del MERCOSUR presentará la misma a las secciones nacionales con una anticipación de 30 días previos a su consideración.

Artículo 2 — Aprobar la rendición de cuentas del ejercicio julio — diciembre de 2000 presentada por la Secretaria Adminstrativa Parlamentaria Permanente que figura como Anexo y forma parte de la presente Disposición, sin perjuicio de las observaciones que pudieran realizar las seciones nacionales en caso de que no las hubiere quedará automaticamente aprovada.

Florianópolis, SC, 13 de diciembre de 2000

 MERCOSUR/CPC/DIS. N.º 46/00

APROBACIÓN DE INFORME SEMESTRAL DE LAS ACTIVIDADES DE SAPP (JUNIO/DICIEMBRE/2000)

VISTO:

El artículo 30 del reglamento interno de la CPCM referente a las obligaciones de la SAPP, especificamente en su inciso "i"; CONSIDERANDO:

Que la SAPP debe elevar un informe de sus actividades en forma semestral a la Mesa Ejecutiva de la CPCM. LA COMISIÓN PARLAMENTARIA CONJUNTA DEL MERCOSUR DISPONE:

Artículo 1: Aprobar el informe de Actividades presentado por la Secretaria Administrativa Parlamentaria Permanente de la Comision Parlamentaria Conjunta del MERCOSUR, correspondiente al semestre julio-diciembre de 2000, que hace parte de la misma como Anexo.

Florianópolis, SC, 13 de diciembre de 2000

 MERCOSUR/ CPC / DISP. No. 47/00

C E F I R

VISTO:

El proyecto de nota presentado por la Sección uruguaya, referida a la crítica situación que atravieza el CEFIR (Centro de formación para la integración regional, com el propósito de ser enviada al Presidente Prop Tempore del Mercosur Ministro Luis Felipe Lampreia.CONSIDERANDO:

Que las razones expuestas en la nota referida son de reciboLA MESA EJECUTIVA DE LA COMISION PARLAMENTARIA CONJUNTA

DISPONE:Artículo 1º.- Aprobar el texto de la nota presentada por la Sección uruguaya, que forma parte de este documento, y remitirla al Presidente Pro Tempore del Mercosur Ministro Luis Felipe Lampreia.

Florianópolis, 14 de diciembre de 2000

 

ACRESCENTAR A NOTA DO CEFIRMERCOSUR/CPC/DIS. 48/00

RED MERCOSUR POSITIVA

VISTO

El artículo 3 inc. i) y j) del Reglamento de la Comisión Parlamentaria Conjunta, le atribuye establecer relaciones y suscribir acuerdos sobre cooperación y asistencia técnica con organismos públicos y privados, de carácter nacional, regional, supra e internacional; concediéndole inclusive otras atribuciones dentro del marco del Tratado de Asunción y del Protocolo de Ouro Preto.

El artículo 4 inc. 3) del Reglamento de la CPC.

A su vez el artículo 28 inc. f) del mismo Reglamento le atribuye competencia para implementar un plan de difusión de las actividades y contenidos del Mercosur; CONSIDERANDO

Que el fortalecimiento de la política del Mercosur desde la comunidad y hacia ella resulta un elemento clave a la hora de resolver las necesidades, conflictos y toma de decisiones necesarias para aumentar la calidad de vida de la gente,

Que la sociedad mercosureña actual reclama propuestas que articulan a la diversidad de acciones e iniciativas, con una lógica pública, a los efectos de prevenir y frenar la exclusión que enfermedades como el síndrome de inmunodeficiencia humana (HIV /Sida) generan en nuestra sociedad,

Que los parlamentarios del Mercosur tenemos que fomentar la solidaridad, en una perspectiva estructural y para ello debemos establecer un programa de información y prevención de la enfermedad generando un ámbito adecuado para contener y analizar la problemática;

Por elloLA COMISIÓN PARLAMENTARIA CONJUNTA

DISPONE Artículo 1º.- Propiciar la creación, a través de internet, conforme lo dispuesto en el artículo 4 inc. 3) del Reglamento de la CPC, de la Red Mercosur Positiva la cual tendrá como objetivos:

  • La Prevención e información acerca del virus de inmunodeficiencia humana HIV / SIDA
  • Ayudar a mejorar la calidad de vida de las personas que conviven con HIV/ SIDA
  • Generar las condiciones para estimular la armónica convivencia entre los portadores del virus HIV y la sociedad, coadyuvando a evitar cualquier tipo de discriminación.

Artículo 2º.- Facultar a los presidentes de cada Sección Nacional de la CPC a promover acuerdos de financiación y/o ejecución con organizaciones internaciones (ej. ONUSIDA), públicas y/o instituciones privadas de acreditada capacidad, que posibiliten instrumentar los mecanismos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º, teniendo en cuenta el principio de sostenimiento y profundización a futuro de la red.

Artículo 3º.- Los contenidos de la Red se detallan en el Anexo I a la presente, debiendo observar la información que se brinda los criterios generales de alta y comprobada calidad científica.

Artículo 4º.- Dar conocimiento de la presente al CMC a fin de que apoye la presente iniciativa.

Florianópolis, 14 diciembre de 2000

 ANEXO I

TOPICOS DE LA RED

  • Relevamiento de los Centros de Infectología especializados en HIV / Sida a nivel:

    • Nacional
    • Provincial
    • Municipal
    • Centros Privados
  • Centros asistenciales de entrega de medicamentos.
  • Autoridades del Área de Salud

    • Nacional
    • Provincial
    • Municipal
    • Comisiones de las Cámaras de Senadores y Diputados de la Nación.
  • Legislación nacional acerca del HIV / SIDA
  • Fundaciones /ONG dedicadas a la problemática.
  • Organizaciones internacionales
  • RED SOLIDARIA

    • Grupos de autoayuda para portadores del virus
    • Servicio de voluntariado solidario
    • Asistencia Profesional : Legal — Psicológica
    • Banco de Medicamentos.
  • Ciencia: links a los principales portales de información científica en la materia.
  • Información acerca de que es el virus de inmunodeficiencia humana y como prevenir su contagio. (OMS — OPS)
  • Niños conviviendo con HIV/Sida. (UNICEF)