MERCOSUR/PM/DIS. 06/2007
MERCOSUR/PM/DIS. 06/2007
REGLAMENTO INTERNO DEL PARLAMENTO DEL MERCOSUR
VISTO:
Que el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR en el Artículo 14 establece que el Parlamento aprobará su Reglamento Interno.
Que a tales efectos fue creada en la II Sesión Ordinaria, la Comisión de Reglamento Interno con el mandato de elaborar un texto a presentar para la consideración del Plenario.
CONSIDERANDO:
El proyecto de reglamento interno elevado al Plenario por la Comisión de Reglamento con fecha 6 de agosto de 2007.
EL PARLAMENTO DEL MERCOSUR
DISPONE:
Artículo 1.- Aprobar el texto del Reglamento Interno que se incluye como Anexo I de la presente disposición y forma parte integrante de la misma.
Montevideo, 6 de agosto de 2007
Parlamentario Roberto Conde
Presidente
Edgar Lugo
Secretario Parlamentario