MERCOSUR/PM/DIS. 06/2007


MERCOSUR/PM/DIS. 06/2007

REGLAMENTO INTERNO DEL PARLAMENTO DEL MERCOSUR


VISTO:
Que el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR en el Artículo 14 establece que el Parlamento aprobará su Reglamento Interno.

Que a tales efectos fue creada en la II Sesión Ordinaria, la Comisión de Reglamento Interno con el mandato de elaborar un texto a presentar para la consideración del Plenario.

CONSIDERANDO:
El proyecto de reglamento interno elevado al Plenario por la Comisión de Reglamento con fecha 6 de agosto de 2007.


EL PARLAMENTO DEL MERCOSUR
DISPONE:

Artículo 1.- Aprobar el texto del Reglamento Interno que se incluye como Anexo I de la presente disposición y forma parte integrante de la misma.

Montevideo, 6 de agosto de 2007


Parlamentario Roberto Conde
Presidente

Edgar Lugo
Secretario Parlamentario