El papel de las comisiones permanentes

Son órganos técnicos creados por el Reglamento Interno de la Casa y constituidos de diputados(as), con el fin de discutir y votar las propuestas de leyes que se presentan a la Cámara.

Con respecto a determinadas proposiciones o proyectos, esas comisiones se manifiestan emitiendo opinión técnica sobre el asunto, a través del medio de dictámenes, antes de que se lleve el asunto al Pleno; con respecto a otras proposiciones se deciden aprobándolas o rechazándolas sin que necesite pasarlas por el Pleno de la Casa.

La composición parlamentaria de esos órganos técnicos se renueva a cada año o sesión legislativa. Ninguna comisión permanente tendrá menos de tres y medio (17 diputados) o más de doce (61 diputados) centésimos del total de diputados – despreciada la fracción. Ningún diputado puede ser titular de más de una comisión permanente. Las plazas en las comisiones pertenecen a los Partidos o Bloques Parlamentarios. Por esta razón, las plazas y la presidencia de las comisiones son distribuidas según el principio de la proporcionalidad partidaria. 

En la acción fiscalizadora, las comisiones actúan como mecanismos de control de los programas y proyectos ejecutados o en ejecución, a cargo del Poder Ejecutivo. Tales comisiones siguen mientras figuran en el Reglamento Interno.